Edificio de uso turístico en Barcelona, junto al Puerto Olímpico
Finaliza el 02/06/2025 (Europa/Madrid)
Descripción
Excelente oportunidad de inversión en una de las zonas más demandadas de Barcelona.
Se subasta edificio completo destinado a alojamiento turístico, ubicado en la calle Badajoz, a tan solo 500 metros del Paseo Marítimo del Puerto Olímpico, una de las áreas con mayor atractivo turístico, comercial y de ocio de la ciudad.
El inmueble, con una superficie total construida de 643 m², se distribuye en:
- Planta baja con local comercial de gran visibilidad.
- Plantas altillo, destinadas a local comercial dúplex, con sus dos plantas unidas entre sí por una escalera interior
- Cinco apartamentos independientes, completamente acondicionados y decorados con un gusto exquisito, listos para explotación inmediata en régimen turístico o residencial.
El activo ha sido concebido para ofrecer una experiencia de alto nivel, combinando comodidad, diseño y una ubicación inmejorable. La proximidad al litoral, la conexión con el centro de Barcelona y la alta demanda turística convierten este activo en una opción estratégica para inversores del sector inmobiliario, operadores turísticos o promotores interesados en posicionarse en una ciudad de proyección internacional.
Características destacadas:
- Superficie construida: 643 m²
- Tipología: Edificio completo – uso turístico
- Ubicación: Calle Badajoz (Barcelona), a escasos minutos a pie del mar
- Incluye: Local comercial + 5 apartamentos
- Estado: Excelente conservación y decoración de alto nivel
- Potencial de rentabilidad inmediata
No pierda la oportunidad de adquirir un activo único en una localización privilegiada de Barcelona. Ideal tanto para explotación directa como para revalorización a medio y largo plazo.
La nota simple y una ficha catastral, junto a una tasación reciente y las condiciones de la subasta están disponibles para su consulta siendo usuario registrado.
Para concurrir a la subasta será necesario que los interesados en participar, con carácter previo a la misma, efectúen un depósito por importe de 15.000 € en la cuenta titularidad de la entidad especializada.
Finalizada la subasta, a aquellos usuarios que no hayan sido adjudicatarios se les devolverá la totalidad del importe depositado en la cuenta por ellos indicada en el plazo de diez días hábiles contados a partir de la fecha de finalización de la subasta.
Tratándose del mayor postor, el depósito que hubiera realizado para poder participar en la subasta quedará retenido en la cuenta habilitada para tal fin hasta que se produzca en su caso la transmisión del bien, o por cualquier circunstancia dejara de ser el adjudicatario definitivo por causas no imputables a él, en cuyo caso se le devolvería el depósito realizado a la cuenta indicada en el plazo de diez días hábiles desde la finalización de la subasta o desde la constatación suficiente de la circunstancia sobrevenida.
En caso de que finalmente desistiere de su postura, perderá el depósito efectuado.
Quien resulte adjudicatario del bien objeto de subasta habrá de aceptar el estado físico y jurídico en que se encuentre, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la postura ofrecida por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter irrevocable.
Dado que el inmueble se transmite en el seno de un procedimiento de disolución judicial, se exonera de toda responsabilidad respecto de cualquier manifestación, hecho o circunstancia relativa a dicha transmisión al Liquidador Judicial BROSETA ABOGADOS, S.L.P., toda vez que el mismo actúa en representación de la parte vendedora por mandato legal y judicial, siendo la única responsable la sociedad en liquidación BADAJOZ 10, S.L., con las consecuencias legales que ello conlleva, en cuanto a la correcta conservación o mantenimiento de los activos que se transmiten, en el eventual e improbable supuesto de la existencia de desperfectos o daños que puedan ocasionarse.
Declarado aprobado el remate de la subasta a favor del mejor postor por parte del liquidador judicial, éste deberá proceder a la firma de un contrato de arras en el plazo de 5 días hábiles desde la aprobación de remate a su favor.
Tras su firma, y finalizado el plazo de dos meses sin ejecutarse el derecho de tanteo que ostenta el Ayuntamiento de Barcelona referido en la Condición 3ª, se deberá formalizar la compraventa por el postor adjudicatario por aprobación de remate, conforme a lo establecido en el contrato de arras, abonando el precio íntegro de la venta en el momento del otorgamiento de los documentos públicos o privados de compraventa que procedan.
Corresponderá al liquidador judicial la designación del día, hora, lugar y, en su caso, el Notario donde se otorgarán los documentos públicos o privados a través de los que se articule la compraventa.
Características
UBICACIÓN
Calle Badajoz, 10. Barcelona
PROPIEDAD
Se transmite el 100% de la propiedad
SITUACIÓN POSESORIA
Tanto los apartamentos como el local dúplex en plantas altillo se encuentran libre de ocupantes. El local en planta baja se encuentra arrendado con fecha de vencimiento 15 de junio de 2.025, habiendo comunicado la parte arrendataria su intención de continuar en el arrendamiento. El importe de la renta es de 1.100 € mensuales, impuestos aparte.
VISITAS
Si está interesado/a en realizar una visita al inmueble rogamos remita un correo electrónico a la dirección contacto@eactivos.com. Se le responderá por ese mismo medio una vez se haya establecido la fecha y hora de visita.
FINCA REGISTRAL
7245
REGISTRO
Nº 21 de Barcelona
REFERENCIA CATASTRAL
3231421DF3833A0001OG
Gastos y cargas
Todos los impuestos generados por la formalización de la transmisión de los bienes serán según ley.
Todos los impuestos pendientes asociados al bien, y hasta la fecha de la formalización de la transmisión, serán abonados según ley, incluyendo el Impuesto Sobre Bienes Inmuebles y tasas. Actualmente consta una deuda por IBI que asciende a la cantidad de 2.242,88 €.
De igual forma, la Plusvalía Municipal generada por la formalización de la transmisión será abonada según ley.
Todos los gastos generados por la formalización de la transmisión de los bienes, tales como gastos de notaría y cancelaciones registrales, serán según ley.
Otros gastos generados tales como certificados de eficiencia energética o cédulas de habitabilidad, también serán según ley.
Los gastos de comunidad no satisfechos y de los que deba responder la propia finca, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 9.1 e) de la Ley de Propiedad Horizontal, serán satisfechos según ley.
El adjudicatario deberá haber satisfecho la retribución de la entidad especializada, que asciende al 3% del importe de adjudicación, con anterioridad al otorgamiento de la escritura pública.
Existe un derecho de tanteo y retracto a favor del Ayuntamiento de Barcelona, quien puede ejercitarlo en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de remisión del contrato de arras o de naturaleza similar al referido ente público.
En relación a las licencias turísticas aparejadas al inmueble objeto de subasta, la parte vendedora se compromete a aportar copia de éstas, pero no se responsabiliza de posibles caducidades, vencimientos o retiradas que pudieran producirse en el futuro.
VALORACIÓN
2.650.000€
GASTOS DE GESTIÓN NO INCLUIDOS
3% sobre la oferta registrada
Documentación
Ubicación
Finaliza el 02/06/2025 (Europa/Madrid)
Para pujar necesitas iniciar sesión o Crear una cuenta gratuita.